21 jul 2008
El Gobierno oficializó la limitación de la resolución 125 y las retenciones vuelven al 35 por ciento
Con la publicación en el Boletín Oficial de la derogación del esquema de retenciones móviles para la exportación de granos, hoy comienza a regir nuevamente el sistema que regía hasta el 10 de marzo.
El gobierno nacional difundió el decreto 1176 que instruye al Ministerio de Economía y Producción a limitar la vigencia de la resolución 125 sobre retenciones móviles, y que el Palacio de Hacienda acató a través de la resolución 180 también publicada hoy en el Boletín Oficial.
En el decreto se instruye al ministro Carlos Fernández "para que en uso de sus facultades, limite la vigencia de las Resoluciones 125/2008, sus modificatorias y complementarias, y disponga la vigencia de las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur iguales a las dispuestas por las Resoluciones Ministeriales 168 y 169/2007".
En los considerandos del decreto firmado por la presidenta Cristina Fernández de Kirchner y el jefe de Gabinete, Alberto Fernández, se destaca que "la igualdad de oportunidades en la totalidad del territorio nacional, para que exista equidad distributiva y también territorial, es un eje sobre el que el Gobierno Nacional está dispuesto a insistir".
Al respecto, el gobierno remarca que "para poder dar solución a esos problemas, nuestro país tiene que procurar una mayor equidad en las relaciones económicas, de modo que ningún resultado podrá obtenerse sin que deba producirse una mejora en la distribución de los ingresos a favor de los que menos tienen al interior de nuestra economía".
El decreto menciona que "a la doble repercusión local del crecimiento del precio internacional de los alimentos, que por un lado mejora el ingreso de quienes los producen en proporciones geométricas y, por el otro, amenaza con alejarlos de la posibilidad económica de adquirirlos a los sectores populares que han venido incrementando su participación en el consumo del mercado doméstico, la situación presenta gran complejidad".
"Ante ello, -se agrega en los considerandos-, con la clara finalidad de estabilizar los precios internos a niveles convenientes, mantener un volumen de oferta adecuada a las necesidades del mercado interno y asegurar un máximo posible de valor agregado en el país con el fin de obtener un adecuado ingreso para el trabajo nacional, se modificaron derechos de exportación vigentes para soja, girasol, maíz y trigo y sus derivados".
En consecuencia "se dispuso que dichos derechos fueran móviles, y se incrementaron para la soja y sus derivados y se disminuyeron para el trigo y maíz".
Señala el decreto que "aquel uso legítimo de facultades constitucionales y legales ejercido por un gobierno constitucional electo en elecciones libres y sin proscripciones, fue pretexto para un violento lock out, que inició una escalada de cortes de rutas, desabastecimiento, encarecimiento de alimentos, coacciones, amenazas, agresiones verbales y físicas".
Se recuerda que "si bien los diputados pudieron acordar un proyecto que logró una mayoría parlamentaria suficiente, en la Cámara de Senadores sólo pudieron empatar en singulares condiciones y sin ningún consenso positivo, generándose una virtual imposibilidad de decisión oportuna del tema".
Por lo expuesto, el gobierno consideró que correspondía tomar las medidas que posibilitaran destrabar la situación, e instruyó al ministro de Economía y Producción "para que limite la vigencia de las normas que instrumentaron las retenciones móviles así como las que se destinaron a compensaciones, para que rijan retenciones iguales a las fijas que disponían las resoluciones 368 y 369 de ese Ministerio de fecha 7 de noviembre de 2007 (conocidas como las del 35%)".
Por su parte, a través de la resolución 180/2008 publicada hoy en el Boletín Oficial, el ministro de Economía limitó la vigencia de las Resoluciones 125/2008 y 141/2008, su derogatoria y complementarias (sic Telam).
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